Acción Protectora de la Seguridad Social

 


INCAPACIDAD TEMPORAL

Causas:

  • Enfermedad común o profesional.

  • Accidente, ya sea laboral o no.

Duración:

12 meses prorrogables por otros 6 (competencia asumida por INSS en 2.008) si durante estos se presume la curación del trabajador.

INCAPACIDAD TEMPORAL. CUANTÍA DEL SUBSIDIO

 Enfermedad común o accidente no laboral

Días

Porcentaje

A cargo

Régimen General

Entre el 4º y el 15º

60% Base Reguladora

Empresario

Entre el 16º y el 20º

60% Base Reguladora

Seg. Social o Mutua

A partir del 21º

75% Base Reguladora

Seg. Social o Mutua

AUTONOMOS

Entre el 4º y el 20º

75% Base Reguladora

Seg. Social o Mutua

A partir del 21º

75% Base Reguladora

Seg. Social o Mutua

Enfermedad profesional o accidente laboral

Días

Porcentaje

A cargo

REGIMEN GENERAL

Desde día siguiente a la baja

75 % Base Reguladora

Mutua

AUTONOMOS (Con Mejora de AT)

Desde día siguiente a la baja

75% Base Reguladora

Mutua