NUEVA REGULACIÓN PENSIONES DE JUBILACIÓN
I.- MODIFICACIÓN EN LA JUBILACIÓN.
I.7. Complementariedad de ingresos con la pensión de jubilación
El percibo de la pensión de jubilación será compatible con trabajos por cuenta propia cuyos ingresos anuales no superen el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en cómputo anual.
Por estas actividades, no estarán obligados a cotizar, en cuyo caso no generarán nuevos derechos de la seguridad Social. (Artículo 165.4º LGSS).
Nueva Regulación Pensiones de Jubilación- Modif- Edad
Nueva Regulación Pensiones de Jubilación- Modif- Sistema Calculo Base Reguladora
Nueva Regulación Pensiones de Jubilación- Modif- Jubilación Anticipada
Nueva Regulación Pensiones de Jubilación- Modif- Jubilación Parcial
Nueva Regulación Pensiones de Jubilación- Modif- compatibilidad entre pension y trabajo
Nueva Regulación Pensiones de Jubilación- Jubilación trabajadores a tiempo parcial
Nueva Regulación Pensiones de Jubilación- Complementariedad de ingresos con la pensión de jubilación